Por qué te puede interesar revisar tu declaración anterior
Antes de entrar en materia, una nota importante: si en alguno de los últimos cuatro ejercicios no aplicaste una deducción a la que tenías derecho, puedes presentar una declaración rectificativa y recuperar lo pagado de más. El plazo de prescripción es de cuatro años desde la fecha límite de presentación de cada ejercicio.
Ahora sí, vamos con las deducciones que más contribuyentes pasan por alto.
1. Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación
Si has invertido dinero en una startup o empresa de nueva creación (constituida hace menos de cinco años en el momento de la inversión, con ciertas condiciones), puedes aplicarte una deducción del 50% sobre el importe invertido en la cuota íntegra estatal.
La base máxima de deducción es de 100.000 euros anuales, lo que permite una deducción de hasta 50.000 euros al año. Eso sí, la inversión debe formalizarse mediante la adquisición de acciones o participaciones, y la empresa debe cumplir requisitos específicos (no estar admitida a cotización, tener un volumen de negocio inferior a 5 millones de euros, no distribuir dividendos durante los años de tenencia, etc.).
Cuándo se puede aplicar: en el ejercicio en que se realiza la inversión.
2. Gastos de defensa jurídica de carácter laboral
Si en 2024 tuviste que contratar un abogado para un procedimiento laboral (despido, reclamación de salarios, impugnación de sanción, etc.), puedes deducir hasta 300 euros anuales por estos gastos como gasto deducible de los rendimientos del trabajo.
Se incluyen honorarios de abogados y procuradores en procedimientos laborales. No se incluyen otros procedimientos jurídicos (civiles, penales, etc.).
Documentación necesaria: factura del abogado con el concepto claramente indicado.
3. Deducción por donativos a entidades de utilidad pública
Los donativos a entidades sin ánimo de lucro declaradas de utilidad pública (ONGs, fundaciones, asociaciones culturales o deportivas, etc.) generan una deducción muy generosa:
- 80% de deducción sobre los primeros 250 euros donados.
- 35% sobre el resto.
- 40% si llevas más de tres años donando a la misma entidad.
Además, no hay límite de base de deducción. Puedes donar todo lo que quieras y deducir sobre ello (con el límite del 10% de la base liquidable).
La clave: la entidad debe comunicar el donativo a la AEAT para que aparezca en el borrador. Si no aparece, puedes incluirlo manualmente con el NIF de la entidad y el importe.
4. Aportaciones a partidos políticos y sindicatos
Las cuotas pagadas a sindicatos y afiliaciones a partidos políticos son deducibles como gasto de los rendimientos del trabajo, con un límite del 500 euros anuales para sindicatos (incluido en el cálculo de los 2.000 euros de otros gastos deducibles del trabajo).
Para partidos políticos, las cuotas de afiliación dan derecho a una deducción del 20% del importe, con una base máxima de 600 euros anuales.
Muchos afiliados a sindicatos no saben que sus cuotas son deducibles o no las incluyen por pensar que es un proceso complicado. Con el CIF del sindicato y el certificado de cuotas pagadas, la inclusión es inmediata.
5. Deducción por alquiler de vivienda habitual (contratos anteriores a 2015)
Si tienes un contrato de alquiler firmado antes del 1 de enero de 2015 y te aplicabas la deducción estatal, puedes seguir haciéndolo indefinidamente, aunque la deducción fue eliminada para los nuevos contratos.
La deducción es del 10,05% de las cantidades satisfechas por el alquiler, con una base máxima de:
- 9.040 euros si tu base imponible es inferior a 17.707,20 euros.
- Base reducida de forma proporcional si está entre 17.707,20 y 24.107,20 euros.
- Sin deducción si supera 24.107,20 euros.
La deducción máxima posible es de 908,52 euros anuales. Si llevas años con el mismo contrato anterior a 2015 y no la estabas aplicando, puedes rectificar los últimos cuatro ejercicios.
6. Pérdidas patrimoniales pendientes de ejercicios anteriores
Si en ejercicios anteriores tuviste pérdidas patrimoniales (por venta de acciones, fondos de inversión u otros activos) que no pudiste compensar completamente, esas pérdidas se pueden arrastrar durante cuatro ejercicios para compensar ganancias futuras.
El sistema de compensación funciona así:
- Las ganancias y pérdidas patrimoniales se compensan entre sí.
- Si quedan pérdidas, se pueden compensar con rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos) hasta un límite del 25% de dichos rendimientos.
- Si aún quedan pérdidas sin compensar, se trasladan al ejercicio siguiente (hasta cuatro años).
Muchos inversores que tuvieron malas inversiones en ejercicios anteriores se olvidan de arrastrar estas pérdidas y pagan más impuestos de los necesarios en ejercicios donde sí obtuvieron ganancias.
7. Deducción por eficiencia energética en vivienda habitual
Esta deducción fue introducida en los últimos años y todavía es desconocida para muchos propietarios:
- 20% de deducción por obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración al menos un 7% (certificado energético necesario). Base máxima: 5.000 euros.
- 40% de deducción por obras que mejoren al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable. Base máxima: 7.500 euros.
- 60% de deducción para rehabilitaciones energéticas en comunidades de propietarios o edificios con uso predominante residencial. Base máxima: 5.000 euros por propietario y 15.000 euros en varios ejercicios.
La clave es contar con el certificado de eficiencia energética emitido por un técnico habilitado tanto antes como después de las obras. Sin él, no se puede aplicar la deducción.
Cómo maximizar todas estas deducciones
Antes de presentar tu declaración:
- Descarga todos los certificados: de donativos, cuotas sindicales, alquiler, eficiencia energética.
- Revisa los ejercicios anteriores: si detectas deducciones no aplicadas, rectifica.
- Compara la declaración individual y conjunta: algunas deducciones autonómicas tienen umbrales distintos.
- Anota las pérdidas pendientes: consulta las declaraciones de los últimos cuatro años.
- Solicita toda la información fiscal: en la sede electrónica de la AEAT puedes descargar todos los datos que tienen de ti.
Una declaración bien hecha puede suponer cientos o incluso miles de euros de diferencia. No los dejes en manos de Hacienda por falta de información.